Hoja de acumulación
Si el empleado no llega al umbral de horas en un mes, no acumula nada ese mes. La ley no permite acumulación parcial.
| Mes | Horas | Vacaciones | Enfermedad | Balance vac. |
|---|---|---|---|---|
| Total del año |
Vacaciones acumuladas
0días
Licencia por enfermedad
0días
Calendario del patrono
Las fechas que se repiten todos los años en Puerto Rico: patente municipal, póliza del Fondo, planillas trimestrales, informe anual y comprobantes de retención. Imprímalo y péguelo donde lo vea.
¿Le cuadran los números?
Si le salió algo que no esperaba, o tiene empleados contratados antes y después de 2017 en la misma nómina, revisemos su caso. La primera conversación es sin costo.
Cómo leer esto. El resultado es un estimado basado en los mínimos que fija la ley. Su empresa puede otorgar más, y un convenio colectivo o un manual de empleado puede establecer tasas mayores que prevalecen. La Ley 180 no cubre empleados exentos —ejecutivos, administradores y profesionales— ni empleados del gobierno.
Un detalle que confunde a muchos patronos. Los empleados contratados antes del 26 de enero de 2017 conservan la tasa de 1¼ día de vacaciones al mes. La reforma solo aplica a quien entró después. Ahora bien, el umbral de 130 horas mensuales sí aplica a todos: el Departamento del Trabajo aclaró en sus Guías que no depende de la fecha de contratación. Se conserva la tasa, no el umbral. Mezclar esto en la nómina es de los errores más caros que vemos.
Límite de responsabilidad. Esta herramienta se ofrece de forma gratuita y sin garantías. No constituye asesoría legal, contributiva ni de nómina, y no sustituye la revisión de un profesional. Acumula PR no responde por errores en los datos entrados ni por decisiones tomadas a base de este estimado.
Si necesita revisar su nómina o su manual de empleado, escríbanos a info@acumulapr.com o llame al 787-634-9180.